7 mayo, 2026

Reporteros en Movimiento

Información sin censura

* A partir del 1 de Julio entra en vigor la nueva regulación.

Por. Lina González/reporteros en movimiento.com.

10:35 hrs.
Ciudad de México. 06 de mayo de 2026.- La era del «vacío legal» para la movilidad eléctrica ligera en la capital ha llegado a su fin. El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Movilidad (SEMOVI), ha oficializado la nueva regulación para los Vehículos Eléctricos Motorizados Personales (VEMEPE).

A partir del 1 de julio de 2026, los propietarios de scooters, bicimotos y bicicletas eléctricas de alta potencia deberán cumplir con requisitos de emplacamiento y certificación idénticos a los de una motocicleta convencional.

Esta medida surge como respuesta al crecimiento exponencial de estos vehículos en las arterias principales de la ciudad y al incremento sostenido de incidentes viales. Según el titular de la SEMOVI, Héctor Ulises García Nieto, el objetivo es claro: ordenar el caos vial y garantizar la seguridad tanto del usuario como del peatón.
¿Quiénes deben regularizarse?
La normativa divide los vehículos en dos categorías principales según su peso y potencia:

Imagen.

Las nuevas «Reglas del Juego»
Para aquellos que posean vehículos que entren en las categorías A o B, la vida en el asfalto cambiará radicalmente este verano:
Trámites Obligatorios: Se deberá tramitar la placa, la tarjeta de circulación y contar con licencia de conducir tipo A1 o A2. El costo del emplacamiento será de aproximadamente $709 MXN, equiparable al de una motocicleta.
Adiós a la Ciclovía: Los VEMEPE ya no podrán circular por banquetas, ciclovías ni carriles confinados del transporte público. Deberán transitar por el carril completo, respetando el reglamento de tránsito de vehículos motorizados.
Seguridad: El uso de casco tipo motociclista (no de ciclista urbano) será estrictamente obligatorio.
Venta Responsable: A partir del 1 de julio, las agencias y tiendas departamentales tienen prohibido entregar vehículos nuevos sin que estos salgan ya con placa y registro desde el punto de venta.
Fechas clave para el usuario
El calendario de transición otorgado por las autoridades es el siguiente:
1 de julio: Inicia el periodo oficial de registro y la obligación para vendedores.
1 de septiembre: Comienza la aplicación de multas y sanciones para quienes circulen en zonas prohibidas o sin equipo de seguridad.
20 de noviembre: Fecha límite para que los usuarios actuales regularicen sus unidades antiguas sin recargos adicionales.
«No se trata de desincentivar el uso de energía limpia, sino de entender que un vehículo que alcanza los 40 o 50 km/h no puede compartir espacio con un peatón o una bicicleta convencional», señalaron fuentes de la SEMOVI durante la presentación. Con esta regulación, la Ciudad de México se alinea con normativas internacionales, buscando profesionalizar una movilidad eléctrica que, hasta hoy, rodaba sin matrícula pero con mucha prisa.

Descubre más desde Reporteros en Movimiento

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo