13 agosto, 2026

Reporteros en Movimiento

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11:33 a.m. horas

  • El STAUACh señala que la nueva normativa elimina en los hechos la estabilidad del personal académico y contradice disposiciones del Contrato Colectivo de Trabajo y la legislación laboral vigente.

#Chapingo, #Estado de México, 13 de agosto de 2026.— El Sindicato de Trabajadores Académicos de la Universidad Autónoma Chapingo (STAUACh) manifestó su rechazo al denominado Reglamento Institucional para el Ingreso y Permanencia del Personal Académico de la Universidad Autónoma Chapingo, al considerar que su aplicación afectaría la estabilidad laboral y el desarrollo académico de la institución.

A través de un comunicado, el sindicato señaló que la propuesta fue aprobada sin conocimiento suficiente de la comunidad universitaria y sostuvo que el documento presenta deficiencias técnicas y contradicciones con el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT), la Ley Federal del Trabajo (LFT) y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El sindicato advierte que el reglamento pretende convertir a los docentes en trabajadores contratados por obra y tiempo determinado de manera indefinida, por lo que desaparecería en los hechos la permanencia en el empleo.
El STAUACh señala particularmente el artículo 8º del nuevo reglamento, el cual indica que, aunque subsista la materia de trabajo, la recontratación será previa evaluación del desempeño docente; evaluación que se repetirá cuantas veces sea necesario recontratar temporalmente a los trabajadores académicos.

El sindicato considera que esta disposición genera una situación de temporalidad permanente, debido a que los trabajadores podrían ser recontratados las veces que fueran necesarias, sin que el reglamento establezca con claridad el mecanismo para acceder a una contratación por tiempo indeterminado.

Como otro punto de preocupación, el gremio señala que el artículo 66 hace referencia a una disposición contenida en el artículo 18, fracción XXII, para determinar la permanencia del personal académico; sin embargo, sostiene que tan importante fracción no existe en el documento.

El STAUACh también cuestiona el artículo 69, que contempla que, mientras persista la materia de trabajo, el personal contratado por obra y tiempo determinado pueda ser recontratado las veces que sea necesario y establece un mecanismo para cambiar hacia una modalidad que el reglamento denomina de “obra y tiempo indeterminado”.

Para el sindicato, esta figura resulta contradictoria, pues sostiene que el Contrato Colectivo de Trabajo y la Ley Federal del Trabajo distinguen entre trabajadores por obra determinada, por tiempo determinado y por tiempo indeterminado.

El gremio destaca que, la cláusula 36 del CCT vigente entre el sindicato y la Universidad, determina que son trabajadores por tiempo indeterminado quienes hayan aprobado el concurso de oposición y realicen una función de naturaleza permanente al servicio de la Universidad. El nuevo reglamento recientemente aprobado “en lo general”, no establece de manera clara cómo se obtiene la condición de trabajador por tiempo indeterminado y, en cambio, insiste en esquemas de contratación temporal.

Lo cual, a decir del sindicato, tendría consecuencias más allá del ámbito laboral al eliminar la estabilidad de los trabajadores académicos; lo que afectaría el desarrollo de la Universidad y podría disminuir el interés de futuras generaciones de investigadores y docentes para incorporarse a una institución donde, aun cumpliendo con los requisitos académicos, no tendrían certeza sobre su permanencia.

Ante este escenario, el STAUACh planteó una disyuntiva entre aceptar el régimen de “impunidad y precariedad” o emprender acciones de movilización para impedir su aplicación y construir, mediante consenso, un modelo que permita conciliar las necesidades académicas con los derechos laborales.

El sindicato aclaró que no se opone a la evaluación académica y reconoció la importancia de fortalecer los estándares académicos de la Universidad Autónoma Chapingo, institución que considera un referente nacional en materia agronómica y para el desarrollo del sector rural mexicano. Sin embargo, sostuvo que no puede respaldar una normativa que, bajo el argumento de la autonomía universitaria, afectaría la estabilidad del personal académico y terminaría convirtiendo a los trabajadores en elementos sustituibles dentro de la institución.

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