𝕽𝖊𝖕𝖔𝖗𝖙𝖊𝖘 𝖄 𝕰𝖒𝖊𝖗𝖌𝖊𝖓𝖈𝖎𝖆𝖘
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito
numérico sea 1, 3, 5, 6, 7 y 9.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado
amarillo, terminación de placa 5 o 6.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,
de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o
con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos
que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques
estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de
matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00
horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de
Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de
circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará

la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Exenciones
Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u
holograma tipo exento.
Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin
importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan
con engomado diferente al color amarillo y terminación de placa 5 o 6
Comunicado Núm. 20/2026

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