14 junio, 2026

Reporteros en Movimiento

Información sin censura

img_2654.jpg

Los sentenciados se desempeñaban como elementos de los Cuerpos de Seguridad Auxiliar y Urbana  del Estado de México (CUSAEM), y en el año 2014 agredieron sexualmente a una mujer.

Nezahualcóyotl, estado de México a 19 de julio de 2016.- Por el delito de “Violación Tumultuaria” dos sujetos fueron acreditados como responsables de la agresión contra una mujer y fueron condenados a 46 años y seis meses de prisión por la autoridad Judicial con sede en Nezahualcóyotl, informó la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM).


Los responsables fueron identificados como Francisco Yáñez García y Tomas de Jesús González Nequiz, quienes se desempeñaban como elementos de los Cuerpos de Seguridad Auxiliar y Urbana del Estado de México (CUSAEM), y en el año 2014 agredieron sexualmente a una mujer.
Ambos sujetos son responsables de los hechos ocurridos el 22 de julio del año 2014, en la colonia Benito Juárez, del municipio de Nezahualcóyotl, donde en complicidad con otro sujeto de ocupación taxista, abusaron sexualmente de la víctima.
De acuerdo con las investigaciones hechas por la Procuraduría de Justicia estatal, se pudo establecer que ese día, la víctima abordó un taxi en la colonia Agrícola Pantitlán, en la Delegación Iztacalco, en la Ciudad de México, y antes de llegar a su destino, el chófer de la unidad desvió su ruta y la trasladó a un inmueble de la Colonia Benito Juárez, en Nezahualcóyotl, sitio donde laboraban como guardias los ahora sentenciados.
En ese lugar, los servidores públicos y su cómplice agredieron sexualmente a la víctima, y luego la llevaron a calles de la colonia referida, en donde la abandonaron.
Una vez que la víctima denunció los hechos ante la PGJEM, y derivado de los trabajos de investigación realizados fue posible la detención de Yáñez García y González Nequiz, en el mes de agosto del mismo año.
Los responsables de este delito fueron ingresados al Penal de Nezahualcóyotl, en donde un Juez, luego de revisar los elementos de prueba aportados por esta Representación Social, y previo proceso legal, les dictó la sentencia respectiva.
Además de la pena privativa de libertad, ambos individuos deberán pagar una multa de 92 mil 180 pesos, aunado a que sus derechos civiles y políticos quedaron suspendidos.

Discover more from Reporteros en Movimiento

Subscribe now to keep reading and get access to the full archive.

Continue reading