La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que los automóviles 2007 y anteriores pueden acceder al holograma cero del programa de verificación vehicular que les permite circular todos los días.
De esta forma resolvió que sí procede la suspensión de la verificación vehicular para obtener el holograma de acuerdo al año de fabricación del vehículo, pues se debe entregar de acuerdo al nivel de contaminantes y no según el año del automotor.
Aclaró que ello no significa que la suspensión permitirá que el ciudadano obtenga automáticamente el holograma “0” u otro, y sólo implica que si cumple con las especificaciones de los niveles de emisión para obtener determinado holograma, el año de su vehículo no será impedimento para que se le asigne.
Además, subrayó que en este caso se reclama que el año del vehículo limita la obtención de determinado holograma del Programa de Verificación Vehicular Obligatoria en el Distrito Federal, lo que viola el derecho fundamental de igualdad previsto en el Artículo Primero de la Constitución.
Según el quejoso, la medida instaura “un criterio de distinción no justificable respecto a personas que están en idénticas condiciones”, y la Primera Sala determinó que sí es posible otorgar la suspensión pues no afecta el interés social ni contraviene disposiciones de orden público.
“Sólo tendría el efecto de que, previo al pago de derechos, el ciudadano podrá acudir a verificar su vehículo y obtendrá el holograma que le corresponda” de acuerdo “al nivel de contaminantes que emita su automóvil, sin atender al año del vehículo en tanto se resuelve el fondo del juicio de amparo”.
Señaló que esto garantiza el respeto al interés colectivo, pues la obtención de determinado holograma estará siempre condicionada al resultado que arroje el examen técnico a que se someta el vehículo.
El fallo permite seguir cumpliendo con el Programa, cuyo objetivo es proteger el medio ambiente, y que se respete el derecho del ciudadano a que se mantengan las cosas en el estado que guardaban mientras el juez resuelve el fondo del juicio de amparo, añadió.


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