2 septiembre, 2026

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Toluca, Mex.- La Comisión de Derechos Humanos del
Estado de México emitió una Recomendación al presidente municipal de
Amecameca, por la violación al derecho a la vida, a la legalidad y a la
seguridad jurídica, por parte de policías locales, quienes accionaron sus
armas contra un ciudadano, el cual quedó herido y luego perdió la vida.
Los hechos ocurrieron en febrero de 2013, cuando la víctima, que viajaba en

un automóvil particular acompañado de otra persona, fue interceptada por
desconocidos a bordo de un vehículo de color negro, sin placas, ni
logotipos y con vidrios polarizados, el cual se supo posteriormente,
pertenecía a la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito de Amecameca.

Lo anterior propició una persecución que culminó cuando el agraviado detuvo
su marcha debido a que calles más adelante, otra patrulla obstaculizaba la
vialidad. En ese momento, los policías municipales que viajaban en el auto
negro, abrieron fuego en diversas ocasiones contra el vehículo particular
sin mediar palabra y sin razón alguna, por lo que su conductor resultó
lesionado y luego falleció.

En razón a ello, la Defensoría de Habitantes estatal inició la queja
CODHEM/CHA/286/2013, en la que se investigaron los motivos por los cuales,
los elementos policiales hicieron uso arbitrario de sus armas de fuego sin
contemplar otro tipo de acciones disuasivas, toda vez que el Código de
Conducta para Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, indica que
es una medida extrema, por lo que debe excluirse, salvo que el presunto
delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro la vida de otras
personas y no se le pueda detener de otra forma, lo que no ocurrió en este
caso.

La excusa señalada por los uniformados para utilizarlas, fue que el
sospechoso no detuvo su marcha ante la persecución, antes bien, aceleró,
huyendo del lugar; sin embargo, la actitud de la persona fue justificable
ante un auto sin placas, vidrios polarizados y sin distintivos propios de
una corporación que permitiera identificarlo como una patrulla. El
agraviado no se detuvo, ya que dicha inconsistencia generó sospecha y
desconfianza.

En su Recomendación 03/2015, la Comisión determinó que las acciones
desplegadas por los policías fueron excesivas, arbitrarias,
desproporcionadas e injustificadas, toda vez que la utilización de sus
armas de cargo, con la finalidad de que el agraviado detuviera su marcha,
eran innecesarias, inmoderadas, sin un objetivo lícito y magnificaba la
posibilidad de daños o lesiones, como aconteció.

Indica que, la inexacta aplicación de la ley por parte de los policías de
Amecameca, fue incompatible con el postulado fundamental de proteger el
derecho a la vida, la libertad y la seguridad de las personas.

En su indagación, la Codhem detectó la inexistencia de un control riguroso
sobre el suministro de armas de fuego, pues la autoridad municipal entregó,
el día de los hechos, el armamento a sus oficiales, sin contar con la
licencia vigente para su portación; además de no existir registro alguno
que lo avalara.

En los puntos recomendatorios se exige mejorar los procesos de selección
del personal de la Dirección de Seguridad Pública y Tránsito Municipal,
llevar a cabo evaluaciones periódicas, supervisiones y capacitación,
actualizar las licencias de portación de armas de fuego, mantener el
control y debido registro en la asignación de armamento.
La Codhem también recomendó que las unidades policiales cuenten con la
debida cromática, insignias visibles, el nombre de la corporación,
municipio, matrícula y placas de circulación, correspondientes, además de
incorporar en la normatividad aplicable, la regulación del uso de la fuerza
y estrategias de seguridad pública, así como precisar las circunstancias en
que puede emplearse la fuerza legal.

El ayuntamiento de Amecameca deberá instrumentar cursos de capacitación y
actualización para sus policías, particularmente sobre el respeto al uso
legítimo de la fuerza pública, con la finalidad de no transgredir los
derechos humanos.

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