· No se pretende sancionar toda conducta relacionada con la cobranza, ya que los acreedores también tienen derecho a recuperar su dinero
Aquel cobrador que resulte amenazante, emplee el insulto, simule procesos judiciales, finja actos emitidos por una autoridad judicial, el Ministerio Público, alguna Fiscalía o creando nombres ficticios con las mismas siglas de las Procuradurías, a través de los cuales se exija saldar la deuda, ya sea por vía telefónica o por medios escritos, será sancionado.
Esto a propuesta del diputado del PRD, Jocías Catalán Valdéz, ya que afecta la estabilidad emocional, seguridad jurídica y, en muchas ocasiones, patrimonio y los medios esenciales de subsistencia. Por ello la cobranza debe ser sobre criterios de respeto y formas éticas en una relación entre personas libres y con derechos plenos.
La iniciativa aprobada del diputado Jocías Catalán, no pretende sancionar toda conducta relacionada con la cobranza, ya que los acreedores también tienen derecho a recuperar su dinero y para ello el orden jurídico tiene a su disposición procedimientos legales establecidos para ello.
Con esto, el Congreso envía una señal clara y determinante de los principios que deben prevalecer en la fórmula que contenga la relación entre los particulares, en la que deben predominar tanto las obligaciones como los derechos, bajo la adopción de las mejores prácticas que sean respetuosas de ambos factores.

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