· El Ejecutivo estatal presentó iniciativa para establecer un sistema de formación para Bomberos.
· En sesión ordinaria, se aprobó el dictamen que amplía facultades de los presidentes municipales.
· Se propusieron reformas para reconocer el derecho de los particulares a recibir una indemnización por la actividad irregular del Estado.
Con el objetivo de lograr un sistema de formación y como un medio para el reconocimiento de la actuación, capacidad, desempeño y profesionalismo de los integrantes de los Cuerpos de Bomberos estatales y municipales, la LVIII Legislatura recibió del Ejecutivo estatal una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica Municipal, para implementar el Servicio Profesional de Carrera entre estos servidores públicos.
En sesión correspondiente al Primer Periodo Ordinario, el Pleno legislativo también aprobó un dictamen por el que se amplían las facultades de los presidentes municipales, para asumir la representación jurídica de los Ayuntamientos, que actualmente forma parte de las atribuciones de los síndicos.
Además, se propusieron reformas a diversos ordenamientos con el propósito de reconocer el derecho de los particulares a recibir una indemnización por la actividad irregular del Estado y normar la responsabilidad patrimonial del gobierno estatal, fijando las bases, límites y procedimiento para reconocer este derecho.
SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA PARA CUERPOS DE BOMBEROS
Turnada a la Comisión de Legislación y Administración Municipal, la iniciativa enviada por el Ejecutivo estatal plantea el establecimiento del Servicio Profesional de Carrera, un sistema de administración y control, sustentado en la operación de diversos subsistemas, alineados al Programa Rector de Profesionalización, el cual deberá incluir planes y programas de estudio que respondan a las demandas de los integrantes de los Cuerpos de Bomberos.
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LOS MUNICIPIOS
Ampliar las facultades de los presidentes municipales para asumir la representación jurídica de los Ayuntamientos, que actualmente forma parte de las atribuciones de los síndicos, así como la responsabilidad de todos los conflictos de la índole que sea, es el objetivo de la reforma a los artículos 48, 50 y 53 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, aprobada por unanimidad en sesión plenaria de la LVIII Legislatura local.
El diputado Sergio Mancilla Zayas (PRI), resaltó que la reforma promueve el fortalecimiento institucional de los gobiernos municipales y el mejoramiento de su eficiencia administrativa para hacer frente a las demandas y contingencias sociales.
SOLICITAN QUE GOBERNADOR RINDA INFORME ANUAL
El Grupo Parlamentario del PRD propuso una iniciativa de reforma a la Constitución local; así como a la Ley Orgánica y al Reglamento del Poder Legislativo, para establecer que el gobernador y el presidente del Tribunal Superior de Justicia asistan al recinto del Congreso mexiquense a la apertura de sesiones ordinarias de cada año legislativo, sesión en la que el titular del Ejecutivo estatal rendiría el informe acerca del estado que guarde la administración pública.
El diputado Leonardo Benítez Gregorio (PRD), argumentó que la relación entre Poderes debe apoyarse en el respeto y el diálogo, por lo que los espacios que los favorezcan, como el Informe de Labores, tienen que preservarse para fortalecer el correcto funcionamiento del Estado. La propuesta fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.
BUSCAN REGULAR PROCESOS DE INDEMNIZACIÓN
Con el objetivo de reconocer el derecho de los particulares a recibir una indemnización por la actividad irregular del Estado, el diputado Alfonso Guillermo Bravo Álvarez Malo (PAN), presentó una iniciativa de decreto que adiciona un párrafo tercero al artículo 130 de la Constitución Política estatal.
En otro punto de la sesión, el legislador Enrique Vargas del Villar (PAN), presentó una iniciativa de Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de México, la cual tiene por objetivo normar la responsabilidad del gobierno estatal, fijando las bases, límites y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización a las personas que sufran un daño en cualquiera de sus bienes y derechos, como consecuencia de la actividad administrativa irregular.
La propuesta establece un procedimiento específico a través del cual puede hacerse efectiva la reclamación de una compensación, debido a la actividad administrativa irregular de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado, los Municipios y los organismos públicos autónomos, que cause daño a la persona, bienes o derechos de los particulares que no tengan obligación jurídica de soportarlo, en virtud de no existir fundamento legal o causa jurídica de justificación para legitimar dicho daño. Ambas propuestas fueron remitidas a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su dictamen.

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